Muchas veces, cuando hablamos de divorcio, nos encontramos con el escenario de cómo se van a repartir los bienes, por ejemplo, en el caso que los cónyuges residan en una vivienda de su propiedad.
Pero evidentemente, también puede darse caso de que dichos cónyuges estén viviendo de alquiler, de forma que exista un contrato de arrendamiento. Actualmente, y debido a las circunstancias económicas y sociales que estamos viviendo, son muchas las parejas que deciden o necesitan alquilar una vivienda. Por lo tanto, no es extraño encontrarnos con el escenario de que un matrimonio decida divorciarse y se encuentren residiendo en la citada forma.
¿Qué pasos seguir cuando el matrimonio vive de alquiler?
En estos casos es fundamental comunicar la nueva situación al arrendador del inmueble, ya que en caso contrario podría producirse una resolución o extinción del contrato de arrendamiento.
Habrá que tener en cuenta también si en el contrato de arrendamiento figuran uno o ambos cónyuges, ya que la situación y los pasos a dar serán distintos en uno u otro caso.
Por otra parte, debido a un cambio en la legislación, habrá que tener en cuenta también la fecha en la que se firmó el contrato. Así, podemos hablar de dos supuestos:
- Contratos firmados entre el 01-01-1995 y el 05-06-2013.
- Contratos firmados entre el 06-06-2013 y el 05-03-2019.
La cuestión, por tanto, reviste cierta complejidad, ya que habrá que tener en cuenta los dos factores que hemos mencionado (titularidad del contrato y fecha en que se firmó el mismo).
Por eso, deberemos acudir a un abogado especializado para que estudie nuestro caso concreto, según la situación concreta del contrato y de los cónyuges. Si se encuentra en esta situación y desea que le orientemos con su separación o divorcio, solo tiene que solicitar cita con nuestro Despacho de abogados de divorcio de Las Palmas y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible. Una vez tengamos toda la información necesaria, le informaremos de los pasos que vayamos a dar y resolveremos todas las dudas que pueda tener, siempre buscando la protección de los intereses tanto de usted como de sus hijos, en caso de que los hubiera.