El matrimonio es un acto jurídico que está sujeto, como norma general, a unos requisitos de publicidad.
Esto tiene sentido, ya que casarnos altera nuestro estado civil y, por lo tanto, tiene repercusión en diferentes ámbitos de nuestra vida: a la hora de realizar un contrato, a efectos fiscales (p.ej, realizar la Declaración de la Renta), etc. Por lo tanto, otras personas tienen derecho a ser informadas de si existe un matrimonio, con la finalidad de proteger sus propios intereses jurídicos.
Sin embargo, nuestra legislación también contempla la figura del matrimonio secreto, es decir, aquel que se lleva a cabo sin los requisitos de publicidad pertinentes. A esta modalidad se le conoce también como matrimonio de conciencia. Dicho matrimonio se puede celebrar únicamente cuando se den circunstancias excepcionales, tal como indica el artículo 54 del Código Civil:
Cuando concurra causa grave suficientemente probada, el Ministro de Justicia podrá autorizar el matrimonio secreto. En este caso, el expediente se tramitará reservadamente, sin la publicación de edictos o proclamas.
Es el caso, por ejemplo, de que el matrimonio entre dos personas genere conflictos entre las familias de tal magnitud que pueda existir un riesgo para la vida o la integridad de alguno de los futuros cónyuges, de tal forma que sea mejor no darlo a conocer públicamente.
En estos casos, el matrimonio se inscribirá en un Libro Especial del Registro Civil Central. Y si bien este matrimonio será reconocido a efectos legales, no perjudicará los derechos que hubieran adquirido de buena fe terceras personas hasta que no fuera inscrito en el Registro Civil ordinario. Así lo establece el artículo 64 del Código Civil.
Dado que estamos ante una forma de celebración del matrimonio que requiere autorización previa, es muy importante recibir asesoramiento de un abogado antes de llevarlo a cabo. En tal caso le recomendamos que se ponga en contacto con nuestro Despacho de abogadas de Las Palmas, donde estudiaremos detalladamente su caso y le guiaremos a lo largo del procedimiento.