Divorcio y pago de hipoteca: ¿quién debe hacerle frente?

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Pago de la hipoteca en caso de divorcio

Gestionar un divorcio no siempre es sencillo y, menos aún, si hay una hipoteca a la cual hacer frente. Para ayudar a los cónyuges que estén pasando por esta situación, queremos explicar qué ocurre con la hipoteca en este tipo de casos.

En primer lugar deberemos tener en cuenta que el divorcio, por sí mismo, no cambia el acuerdo al que se llegó con la entidad bancaria, de forma que ambos cónyuges seguirán teniendo la obligación de abonar la hipoteca. Así lo determinó el Tribunal Supremo, el cual estableció que ambos miembros de la pareja tienen obligación de hacer frente al pago de la hipoteca. Es decir: el divorcio nos afecta a nosotros, pero no a la obligación que tenemos contraída con el Banco, pues esta no se extinguirá ni cambiará de titular.

Por tanto, quien se quede con la vivienda no tendrá que ser necesariamente quien deba hacer frente de forma exclusiva al pago de la hipoteca. Esto solo podría darse si ambos cónyuges llegan a un acuerdo en este sentido y comunican dicha decisión al Banco, para lo cual tendrán que hacer un trámite denominado novación de de la hipoteca.

Se trata de realizar un cambio en el contrato inicial, de forma que a partir de entonces sea solo un cónyuge el que tenga obligación de pagar el préstamo. Pero este trámite, además de conllevar unos gastos, deberá ser aceptado expresamente por el Banco. Es habitual que las entidades bancarias que acepten la novación de la hipoteca exijan para ello una serie de garantías adicionales, como por ejemplo, solicitar un aval o bien subir los intereses del préstamo. Por ello, antes de dar este paso, conviene consultar con un abogado para que analice nuestro caso y nos ayude a aclarar los beneficios y desventajas que tendría la situación, además de despejar las dudas que podamos tener.

¿Qué ocurre en caso de impago de uno de los ex cónyuges?

Si se establece que la hipoteca debe ser abonada por ambas partes y se diera el caso de que un miembro no paga su parte, tendríamos dos vías de actuación:

  • El otro cónyuge puede optar por hacer frente al pago él mismo, para que el Banco no ejecute la hipoteca.
  • En caso contrario, lógicamente existirá la opción de acudir a los Tribunales. El Juez requerirá al otro miembro el pago de su parte y, de seguir negándose, se procedería al embargo de los bienes.

De nuevo, es recomendable consultar primero a nuestro abogado de divorcio antes de tomar una decisión.

Esperamos que estas indicaciones le hayan servido de utilidad y le recordamos que, para una mejorar valoración de cada caso concreto, puede ponerse en contacto con nuestro Despacho de abogados de Las Palmas.