La pensión de alimentos, como hemos señalado en otros artículos, no se extingue automáticamente cuando el hijo cumple los dieciocho años. Por el contrario, puede prorrogarse si, como estipula el Código Civil, el hijo no ha terminado aún su formación por causa que no le sea imputable (art. 142). Esto implica que el progenitor no […]
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